 Además de la popular música de OCP, este nuevo sitio web ofrece más de 100,000 cantos de más de 340 editoriales de música cristiana y administradores de derechos de autor de todo el mundo. Visite licensingonline.org para obtener más detalles. Si necesita información en español sobre este servicio, por favor llámenos al 1-800-548-8749.
Permisos de OCP
Desde febrero del 2006, los permisos anuales, los especiales para un Tiempo Litúrgico y los de un sólo uso estarán disponibles a través de LicenSingOnline. Si usted ya cuenta con un permiso de OCP, diríjase a licensingonline.org/myocp para activar su cuenta.
Los Permisos para reproducir arreglos corales y acompañamientos pueden obtenerse a través de OCP.
Permiso para Reproducir Arreglos Corales Este permiso es exclusivamente para arreglos corales que ya se agotaron. Si los arreglos corales están a la venta, no se pueden reproducir. Costo: $.75 centavos por cada copia de cada canto.
Permiso para Reproducir Acompañamiento(s) Este permiso le permite reproducir los acompañamientos de guitarra y teclado, que ya se han agotado. Si los acompañamientos están disponibles, no se pueden reproducir. Costo: $.75 centavos por cada copia de cada canto y por cada copia de cada instrumento.
Permisos para Himnarios, Cancioneros y Partituras en Hojas Separadas OCP Licensing/New Dawn Music dará permiso a las parroquias que deseen reproducir los cantos en sus propios himnarios, cancioneros o partituras en hojas separadas. Costo: $20 dólares mínimo, $.04 centavos por cada copia de cada canto durante el primer año, $.01 centavo por cada copia de cada canto durante los 7 años siguientes.
Permiso para Grabar un Canto Este permiso se concede para quien desee hacer su propia grabación con la música de OCP Licensing. El Congreso Federal ha establecido la siguiente cuota a partir del 1 de enero, 2006: 9.1 centavos por la copia de cada canto de 5 minutos o menos y 1.75 centavos por minuto (por cada copia de cada canto) para cantos de más de 5 minutos. Hay un mínimo de $25 dólares.
Permisos Comerciales
Permiso para Grabar la Música
Permiso para Reimprimir Música
Permiso para Grabar la Música en Video o Transmitirla por Televisión
Permiso para Utilizar la Música en la Radio
Permiso para Utilizar la Música en Talleres
Permiso para Utilizar la Música en una Representación Teatral o Ejecución Musical
Permiso para Utilizar la Música en el Disco Duro de un Ordenador
Permiso para Transmitir la Música por las Redes o Internet
Por favor llámenos al 1-800-548-8749 para obtener estos permisos.
Una vez que su pedido es procesado, usted recibirá su permiso por correo junto con el número de permiso, las fechas dentro de las cuales puede ser usado e información adicional. Los permisos deben obtenerse antes de reimprimir o grabar cualquier canto.
Información General Sobre los Derechos de Autor La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el sólo hecho de su creación. Sólo el autor o el administrador de los derechos de autor tiene el derecho legal de utilizar el material, o de permitir a terceros el uso del mismo.
La persona que desea utilizar el material cuyos derechos de autor estén protegidos, debe obtener el permiso del autor o administrador de los derechos de autor. Para determinar si necesita permiso para utilizar algún material, busque la información que indica si los derechos de autor están protegidos. Generalmente esta información aparece al final de la página, junto con el símbolo (©), año de publicación y el nombre del autor o administrador de los derechos de autor.
Información sobre los Derechos de Autor:
- Este permiso sólo será válido durante el período de tiempo de las copias originales. Si usted desea reproducir más copias, necesita obtener un permiso nuevo
- Todas las reproducciones deben ser destruidas cuando se termine el período de tiempo designado legalmente por el permiso
- Los permisos son concedidos sólo para la letra y la melodía de los cantos, a menos que se indique otra cosa
- No se harán cambios ni a la música, ni a la letra de la publicación original, cuyos derechos de autor estén protegidos
- En cada reproducción de cada canto, hay que poner el título y el nombre del compositor o los compositores, más la información correcta de los derechos de autor, además de las palabras: "Con las debidas licencias"
- Al concederle a usted un permiso, se sobreentiende que es únicamente para la iglesia que lo ha comprado y que no se podrán vender las reproducciones de nuestra música
- Las iglesias, escuelas o colegios y organizaciones sin fines de lucro no están exentas de la ley que protege los derechos de autor
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